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La Procuraduría del DF violó los derechos de 50 personas inocentes, al exhibirlas como delincuentes: CDHDF

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal documentó la violación de los derechos de 50 personas inocentes que fueron exhibidas públicamente por la Procuraduría General de Justicia del DF, por lo que emitió una recomendación en la que pide la reparación del daño y la eliminación de esa práctica, por “ilegal y arbitraria”.

En la recomendación 03/2012 Exhibición de personas, publicidad de su información confidencial y la contenida en los expedientes de averiguación previa, por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la CDHDF demuestra la violación sistemática de los derechos de las personas detenidas al presentarlas ante los medios de comunicación como responsables de la comisión de delitos.

La Procuraduría General de Justicia del DF es responsable de transgredir el derecho al debido proceso y garantías judiciales, el derecho de las personas víctimas y ofendidas del delito, el derecho a la integridad personal, el derecho a la intimidad o vida privada y el derecho a la honra y la reputación, de acuerdo con el informe.

En su recomendación 03/2012, la CDHDF exige que “el Procurador emita una disculpa pública a las personas agraviadas y a sus familiares, por las consecuencias que les ha provocado la violación a los derechos humanos”, además de “aclarar la situación jurídica real, así como desmentir las acusaciones que se formularon públicamente en los actos de exhibición”.

La recomendación está oficialmente dirigida al actual procurador del DF, Jesús Rodríguez Almeida, pero todos los casos se registraron cuando el titular de la PGJDF era Miguel Mancera, actual candidato a jefe de Gobierno por una coalición de partidos encabezada por el PRD.

Al menos 17 personas perdieron su empleo después de ser exhibidas públicamente como delincuentes, o sus fuentes de ingreso, así como tienen dificultades para reincorporarse a un centro de trabajo o desempeñar su profesión.

La Recomendación 03/2012 incluye 69 cuartillas, 10 anexos y la lista de las 50 personas agraviadas, así como el nombre de peticionarios que aceptaron que se hiciera pública su identidad.

A partir de las conclusiones del documento, el presidente de la CDHDF, Luis Armando González Placencia, emitió las siguientes recomendaciones al procurador General de Justicia del Distrito Federal:

Primero. De manera inmediata, elimine la práctica de exhibir públicamente en medios de comunicación a personas privadas de libertad que estén a su disposición, y se proteja en términos de los ordenamientos legales en la materia la información concerniente a la vida privada e íntima de las personas, así como la información contenida en expedientes de averiguación previa en etapa de investigación.

En consecuencia, la Procuraduría debe dejar sin vigencia el Acuerdo A/004/2005 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se emiten los lineamientos en relación con los probables responsables que son presentados ante los medios de comunicación, en razón de tratarse de una práctica administrativa ilegal y arbitraria.

Segundo. En términos del apartado VI.1 de este instrumento Recomendatorio, en un plazo no mayor a 3 meses, contados a partir de la aceptación de esta recomendación, se genera una política pública de comunicación social que no vulnere los derechos humanos de personas víctimas y ofendidas del delito y probables responsables, que garantice la transparencia y rendición de cuentas en la procuración de justicia y, a su vez, aliente la participación y denuncia ciudadana en materia de prevención y denuncia de la violencia y el delito.

El diagnóstico, diseño, implementación y evaluación de esa política pública deberá realizarse bajo la coordinación y aval de alguna institución académica u organización de la sociedad civil especialista en el tema.

Tercero. Que en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, el Procurador emita una disculpa pública a las personas agraviadas y a sus familiares, por las consecuencias que les ha provocado la violación a los derechos humanos. En ese acto se deberá aclarar la situación jurídica real, así como desmentir las acusaciones que se formularon públicamente en los actos de exhibición. A efecto de lograr su adecuado cumplimiento, los criterios de contenido y modalidades serán establecidos de forma conjunta entre los agraviados, esa Procuraduría y este Organismo Público Autónomo.

Cuarto. En atención al contenido del derecho de rectificación, en un plazo no mayor a 30 días, contado a partir de la aceptación de la presente Recomendación, vía derecho de rectificación por los mismos medios, intensidad y cobertura ante los medios de comunicación y la opinión pública, se rectifique la información que hizo pública en los actos de exhibición, asumir sus errores y aclarar la situación jurídica real de las y los agraviados. En atención a las características técnicas del internet, la propagación de la rectificación deberá hacerse con la mayor cobertura a fin de minorar en la medida posible la información agraviante que circula por la red.

Así también, deberá aclarar y cancelar toda información que obre en sus archivos y que esté relacionada con los asuntos penales en el que se involucró a las y los agraviados, de conformidad con su situación jurídica real y las determinaciones judiciales que en el caso se han emitido y que han causado ejecutoria.

Quinto. En un plazo no mayor de 2 meses, contado a partir de la aceptación de la presente Recomendación, repare integralmente a las y los agraviados por el concepto de daño material, lucro cesante y daño moral, ocasionado por las violaciones a sus derechos fundamentales atendiendo a los criterios mencionados en el apartado VII de la presente Recomendación. Es necesario que al establecer el monto por la reparación se tenga en cuenta la obstaculización del proyecto de vida particularmente por tratarse de personas jóvenes y adultas con múltiples oportunidades de desarrollo.

La recomendación 03/2012 puede leerse y descargarse haciendo clic aquí: Exhibición de personas, publicidad de su información confidencial y la contenida en los expedientes de averiguación previa, por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

 

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