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Convocan a la conformación del Consejo Consultivo del Mecanismo para la Protección de defensores de Derechos Humanos y Periodistas

La Junta de Gobierno del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas emitió la convocatoria para elegir a nueve integrantes del primer el primer Consejo Consultivo del Mecanismo, en cumplimiento con lo estipulado en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

El primer Consejo Consultivo estará conformado por nueve integrantes (cuatro periodistas, cuatro defensores de los derechos humanos y un académico).

Los consejeros no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna, ya que su carácter es honorífico. Cuatro miembros elegidos para integrar la Junta de Gobierno y durarán en su cargo cuatro años; otros tres, tres años y los restantes dos, dos años. La duración en el cargo de cada consejero se efectuará por sorteo.

La convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el martes 24 de julio de 2012 es la siguiente:

CONVOCATORIA NACIONAL PUBLICA A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y PERSONAS INVOLUCRADAS EN LA DEFENSA Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS, ASI COMO EN EL EJERCICIO DEL PERIODISMO Y LA LIBERTAD DE EXPRESION PARA CONFORMAR EL PRIMER CONSEJO CONSULTIVO DEL MECANISMO PARA LA PROTECCION DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS

La Junta de Gobierno del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (Mecanismo), de conformidad con los artículos Quinto y Sexto Transitorios de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (Ley) y demás disposiciones jurídicas aplicables, convoca a las organizaciones de la sociedad civil involucradas en la defensa y promoción de los derechos humanos y en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, así como a Personas Defensoras de Derechos Humanos, Periodistas e integrantes de la academia ligados con las actividades anteriores, a participar en el proceso de selección de nueve integrantes para conformar el primer Consejo Consultivo del Mecanismo, conforme a las siguientes:

BASES

Primera. El primer Consejo Consultivo estará conformado por nueve integrantes. En la integración del Consejo Consultivo se buscará un equilibrio entre personas expertas en la defensa de derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo. Por ello, cuatro integrantes del Consejo Consultivo serán Personas Defensoras de Derechos Humanos; cuatro integrantes serán Periodistas; el noveno integrante será una persona proveniente del sector académico vinculado a estudios relacionados a la defensa y promoción de los derechos humanos y/o al ejercicio del periodismo y la libertad de expresión. Las y los consejeros no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna, ya que su carácter es honorífico.

Segunda. En la conformación del primer Consejo Consultivo y por única vez, los cuatro miembros elegidos para integrar la Junta de Gobierno durarán en su cargo cuatro años; otros tres, tres años y los restantes dos, dos años. La duración en el cargo de cada consejero/a se efectuará por sorteo.

Tercera. El proceso de selección de quienes integrarán el primer Consejo Consultivo del Mecanismo constará de dos etapas: (1) la fase de registro de las organizaciones de la sociedad civil y candidatos/as al Consejo Consultivo ante la Junta de Gobierno del Mecanismo, y (2) la fase de selección de los nueve integrantes del primer Consejo Consultivo.

Cuarta. Las organizaciones de la sociedad civil se registrarán ante la Junta de Gobierno, conforme a las bases establecidas en esta Convocatoria, y entre ellas elegirán a los nueve integrantes del primer Consejo Consultivo.

Quinta. El proceso de selección de quienes integren el primer Consejo Consultivo será imparcial, transparente, eficiente, incluyente y democrático.

Sexta. Las organizaciones de la sociedad civil que deseen registrarse ante la Junta de Gobierno deberán:

I. Estar debidamente constituidas como personas morales en el territorio nacional;

II. Tener dentro de su objeto social la defensa y promoción de los derechos humanos y/o el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión;

III. Tener residencia en los Estados Unidos Mexicanos;

IV. Contar con experiencia en defensa y promoción de los derechos humanos y/o en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión.

Séptima. Las organizaciones de la sociedad civil deberán registrarse en el sitio de internet www.derechoshumanos.gob.mx, a partir del 6 de agosto de 2012 y hasta las 24:00 horas del 24 de agosto de 2012, fecha de cierre del registro. En dicho sitio deberá llenarse la solicitud correspondiente y una vez completada, se le proporcionará un número de folio con el cual deberán remitirse los documentos que avalen los requisitos de la presente Convocatoria.

Octava. Las organizaciones de la sociedad civil que deseen participar en el proceso de selección de los nueve integrantes del primer Consejo Consultivo del Mecanismo deberán presentar los siguientes documentos:

I. Copia simple legible del acta constitutiva o documento donde conste la legal existencia de la

organización de la sociedad civil involucrada en la defensa y promoción de los derechos humanos y/o en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión;

II. Currículo de la organización, incluyendo tres referencias de organizaciones contrapartes;

III. Solicitud mediante escrito libre de registro al proceso de selección de los nueve integrantes del primer Consejo Consultivo del Mecanismo, firmada por la Dirección o Coordinación respectiva de la organización interesada;

IV. Ultimo informe de actividades vinculado directamente a la defensa y promoción de los derechos humanos y/o el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, o cualquier otro documento que compruebe sus actividades en la materia.

Novena. La documentación con el número de folio deberá remitirse por correo electrónico, por correo certificado, o entregarse físicamente, a las oficinas que la Junta de Gobierno designa para tales efectos, ubicadas en Paseo de la Reforma 99, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México, dirigidas a la Coordinadora Ejecutiva Nacional, del 6 al 24 de agosto de 2012 en días y horas hábiles (o con fecha de envío del 24 de agosto de 2012 en caso de remitirse por correo certificado). En caso de enviar la documentación por correo electrónico, se deberá también hacer llegar dicha documentación por correo certificado.

Décima. La Coordinación Ejecutiva Nacional revisará la documentación remitida por las organizaciones de la sociedad civil, del 27 al 30 de agosto de 2012, y hará constar quiénes cumplen con todos los requisitos, lo cual comunicará a los participantes vía correo electrónico. La Coordinación Ejecutiva Nacional dará a conocer la lista de organizaciones civiles registradas por todos los medios a su alcance. Asimismo, dicha Coordinación se comunicará con las organizaciones que no hayan cumplido con los requisitos para informales esta circunstancia.

Décima primera. La Coordinación Ejecutiva Nacional entregará, el 3 de septiembre de 2012, los expedientes al equipo técnico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quien contará con el acompañamiento de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Del registro de candidatos

Décima segunda. Quienes deseen ser integrantes del primer Consejo Consultivo deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. No desempeñar ningún cargo de servidor público;

II. Para el caso de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, tener experiencia (comprobable), en la defensa o promoción de los derechos humanos y/o en el ejercicio del periodismo;

III. Para el caso de integrantes del sector académico, tener experiencia (comprobable) en la investigación de temas relativos a la defensa y promoción de los derechos humanos o en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión.

IV. Preferentemente, contar con experiencia (comprobable) en el campo de la evaluación de riesgo o en la protección a personas defensoras de derechos humanos y/o periodistas.

Décima tercera. Quienes deseen ser integrantes del primer Consejo Consultivo del Mecanismo deberán presentar los siguientes documentos:

I. Copia de identificación oficial;

II. Escrito libre o carta de intención, de no más de tres páginas, en donde se manifieste: (a) su voluntad de participar en el proceso de selección; (b) las razones por las que desea formar parte del Consejo Consultivo del Mecanismo; (c) describir su experiencia relevante en el campo de la evaluación de riesgo o en la protección a personas defensoras de derechos humanos y/o periodistas, y (d) expresar cómo su experiencia previa le brinda la capacidad y efectividad para contribuir al Mecanismo;

III. Currículum vitae firmado con los documentos que respalden su experiencia en la defensa y promoción de los derechos humanos o en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión; o experiencia académica vinculada a los temas de defensa y promoción de los derechos humanos y ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, y en su caso, experiencia en el campo de la evaluación de riesgo o en la protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y/o Periodistas, y

IV. Tres cartas de recomendación del medio en el que se han desempeñado.

En caso de que un candidato/a no presente todos los documentos establecidos en esta base, será eliminado del proceso de selección para ser Consejero.

Décima cuarta. El registro de quienes deseen ser integrantes del primer Consejo Consultivo del Mecanismo se llevará a cabo en el sitio de internet www.derechoshumanos.gob.mx, a partir del 6 de agosto de 2012 y hasta las 24:00 horas del 24 de agosto de 2012, fecha de cierre del registro. En dicho sitio deberá llenarse la solicitud de candidato al Consejo Consultivo y, una vez completado, se le proporcionará un número de folio con el cual deberán remitirse los documentos que avalen los requisitos de la presente Convocatoria.

Décima quinta. La documentación con el número de folio deberá remitirse por correo certificado, o entregarse físicamente, a las oficinas que la Junta de Gobierno designe para tales efectos, ubicadas en Paseo de la Reforma 99, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México, dirigidas a la Coordinadora Ejecutiva Nacional, del 6 al 24 de agosto de 2012, en días y horas hábiles (o con fecha de envío del 24 de agosto de 2012 en caso de remitirse por correo certificado).

Décima sexta. La Coordinación Ejecutiva Nacional entregará, el 3 de septiembre de 2012, todos los expedientes recibidos al equipo técnico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quien contará con el acompañamiento de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

De la elección de Consejeros

Décima séptima. Las organizaciones de la sociedad que se hayan registrado debidamente, serán convocadas a una asamblea el día 7 de septiembre de 2012.

Décima octava. La asamblea será coordinada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quien contará con el acompañamiento de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

En esta asamblea, las organizaciones presentes y previamente registradas, definirán el método de elección de quienes integrarán el primer Consejo Consultivo. Una vez definido el método de elección de quienes integrarán el primer Consejo Consultivo, se llevará a cabo su elección.

Décima novena. De conformidad con la Ley, los consejeros deberán tener experiencia o conocimiento en la defensa o promoción de los derechos humanos o en el ejercicio del periodismo o conocimiento en evaluación de riesgos y protección de personas defensoras de derechos humanos o periodistas.

Vigésima. Los miembros del Consejo Consultivo tendrán que ser elegidos a más tardar el día 14 de septiembre de 2012.

Resultados

Vigésima primera. Los resultados de la selección serán enviados a la Junta de Gobierno del Mecanismo a más tardar el 17 de septiembre 2012.

Vigésima segunda. Una vez proporcionada la lista de los integrantes del Consejo a la primera Junta de Gobierno, éste se instalará en un término de diez días hábiles.

Vigésima tercera. Los consejeros nombrarán de entre sus miembros a cuatro de ellos para formar parte de la Junta de Gobierno, de los cuales dos serán personas expertas en la defensa de los derechos humanos y dos del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

La Coordinación Ejecutiva, en cumplimiento del acuerdo tomado por la Junta de Gobierno de conformidad con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, emite la presente convocatoria a los 24 días de julio de 2012.

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